Solicitud de exención en el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a las entidades sin fines lucrativos, que reúnan las condiciones exigidas en la correspondiente Ordenanza.
OFICINA DE RECAUDACIÓN Y SERVICIOS TRIBUTARIOS (Oficina Central)
Calle Latorre, 3
11403
webmaster.recaudacion@aytojerez.es
OFICINA DE RECAUDACIÓN Y SERVICIOS TRIBUTARIOS (Avenida de Arcos)
Avda. de Arcos, Urb. Nueva Jerez Bl. 5
11406
webmaster.recaudacion@aytojerez.es
Presencialmente: En las oficinas de Recaudación y Servicios Tributarios le facilitarán el impreso oficial de solicitud.
Vía Web: A través de la Sede Electrónica accederá al formulario de solicitud. Los pasos a seguir son los siguientes:
- Rellenar los campos del formulario: datos identificativos y datos necesarios para completar la solicitud.
- Adjuntar la documentación exigida.
- Copias del Titulo de propiedad, estatutos sociales y certificado emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el que conste que la entidad ha comunicado a Hacienda que se le aplique el régimen especial de las entidades sin fines lucrativos.
Entidades sin fines lucrativos que tributen por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.