Trámites: Sede Electrónica de Jerez de la Frontera

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Solicitud de Renovación de terraza de veladores en vía pública

Urbanismo


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DESCRIPCIÓN:

Este trámite sirve para renovar la autorización de ocupación de la vía pública con terraza de veladores en vía pública, cuando en el periodo anterior ya se obtuvo licencia y la terraza no cambia sus características y elementos.

Si se modifica alguna característica de la terraza, debe usarse el trámite "Solicitud de licencia de ocupación de la vía pública con Veladores".

Para más información, acceda a la web de Urbanismo aquí

CÓMO SE HACE:

La persona presentadora deberá identificarse mediante certificado digital.

A: El propio promotor de la actuación realiza el trámite (recomendado): Se accede al trámite, se aportan los datos y documentos directamente, y finalmente se emite el justificante de presentación y se generan los tributos correspondientes.

B: Para realizar el trámite en nombre de otra persona, deberá elegir esa opción cuando se le pregunte al principio del trámite, que le llevará a realizar una presentación genérica en el Registro Electrónico que no generará tributos. En este caso debe:

  • Indicarse a nombre de quién debe generarse el expediente.

  • Aportarse el impreso de Solicitud firmado por el promotor de la actuación.

  • Aportarse la acreditación de la representación como documento adicional.

  • La tasa por la tramitación se generará por parte municipal y se le remitirá correo electrónico, para que se proceda a su firma y entrega vía Sede Electrónica, en un segundo momento. Dicha autoliquidación será revisada en el control posterior que debe realizar la Administración.

 

En cualquiera de los dos casos, el trámite fundamentalmente consiste en acceder a las distintas pestañas con sus formularios que deben ser cumplimentados:

  • Datos de contacto; Datos actuación; Cálculo tasa; Consentimiento.

  • Documentación:

    • Insertar los ficheros que contienen la documentación necesaria para la tramitación del expediente.

    • Si el sistema exige alguno que no sea necesario, se aportará archivo pdf indicando que no es necesario, y las razones en caso de no ser evidentes.

  • Firma electrónica: una vez firmada recibirá el justificante de presentación que incluye nº de registro de entrada.

  • Las tasas generadas deberán abonarse en los plazos indicados en la propia autoliquidación. Pueden abonarse entrando en el apartado "Pago por internet" ubicado en la página principal de la Sede Electrónica.


DOCUMENTACIÓN:

Puede consultar la documentación a presentar en la web de Urbanismo, apartado Trámites, III.5

enlace a Hoja Informativa

 

IMPORTANTE:

  • Si se presenta vía Sede Electrónica con el certificado digital del promotor, no es necesario aportar el impreso de solicitud, porque lo genera el propio trámite electrónico, una vez se complete la aportación de datos que se van requiriendo y se firme digitalmente al finalizar.

El justificante que se descarga al final es la declaración responsable que habilita para la actuación declarada.

  • En cambio, si la presentación se realiza con un certificado digital distinto al del promotor, es obligatorio aportar el impreso de solicitud relleno y firmado por el promotor (no por el presentador).

enlace al impreso de solicitud


FECHAS / PLAZOS:

Según artículo 5 de la Ordenanza municipal reguladora de las Terrazas de Veladores:

 

La solicitud para renovaciones del período anual deberá realizarse entre el 1 de octubre y el 1 de diciembre previo al año en que se tiene previsto el funcionamiento.

 

El resto de solicitudes de renovaciones se realizará con un mínimo de un mes de antelación a la fecha prevista de funcionamiento.


PRECIOS / IMPORTE:

Se aplicarán las tasas correspondientes, según la ordenanza fiscal vigente en el momento de la presentación.

El título de la Ordenanza Fiscal que regula esta tasa es: (2.17) ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA OCUPACION DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS Y SILLAS

 

Puede acceder aquí a las ordenanzas fiscales


PAGO:

Las autoliquidaciones que se generen deberán ser abonadas según los plazos establecidos por las Ordenanzas Fiscales. En el documento de liquidación se especifican dichos plazos.

El pago de los tributos puede realizarse:

  • En la opción "Pago por internet", que puede encontrar en la página principal de esta Sede Electrónica.

  • En los dispositivos "Servicio de pago con tarjeta" ubicados en la planta baja de Urbanismo y en otras dependencias municipales.

  • En las oficinas del Servicio municipal de Recaudación y Servicios Tributarios.

  • En las Entidades Colaboradoras.


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