Trámites: Sede Electrónica de Jerez de la Frontera

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Declaración Responsable para Viviendas de Uso Turístico

Urbanismo


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DESCRIPCIÓN:

Trámite necesario para utilizar una vivienda existente conforme con la ordenación territorial y urbanística o se encuentren en situación legal de fuera de ordenación, situadas en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación urbanística.

Si la vivienda no se encuentra en los supuestos indicados, deberá tramitarse una licencia de cambio de uso y utilización.

Para iniciar la actividad de vivienda turística, además de presentar la declaración responsable contenida en este trámite, debe presentar "declaración responsable para inicio o ejercicio de la actividad" ante la Consejería competente en materia de turismo de la Junta de Andalucía.

Para mayor información: Enlace a información general sobre viviendas de uso turístico

CÓMO SE HACE:

La persona presentadora deberá identificarse mediante certificado digital.

A: El propio promotor de la actuación realiza el trámite (recomendado): Se accede al trámite, se aportan los datos y documentos directamente, y finalmente se emite el justificante de presentación y se generan los tributos correspondientes.

B: Para realizar el trámite en nombre de otra persona, deberá elegir esa opción cuando se le pregunte al principio del trámite, que le llevará a realizar una presentación genérica en el Registro Electrónico que no generará tributos. En este caso debe:

· Indicarse a nombre de quién debe generarse el expediente.

· Aportarse el impreso de Declaración Responsable firmado por el promotor de la actuación.

· Aportarse la acreditación de la representación como documento adicional.

· Las tasas serán generadas por los servicios municipales y remitidas a la dirección facilitada.

 

En cualquiera de los dos casos, el trámite fundamentalmente consiste en acceder a las distintas pestañas con sus formularios que deben ser cumplimentados:

· Datos de contacto; Datos actuación; Cálculo tasa; Consentimiento.

· Documentación:

  • Insertar los ficheros que contienen la documentación necesaria para la tramitación del expediente.
  • Si el sistema exige alguno que no sea necesario, se aportará archivo pdf indicando que no es necesario, y las razones en caso de no ser evidentes.

· Firma electrónica: una vez firmada recibirá el justificante de presentación que incluye nº de registro de entrada.


DOCUMENTACIÓN:

 

Enlace a la web de Urbanismo para consultar la documentación a aportar Enlace a web de Urbanismo para consultar la documentación a aportar

Básicamente debe aportarse:

  1. LA DECLARACIÓN RESPONSABLE (sólo se requiere el impreso oficial firmado por el promotor cuando se presente con un certificado digital distinto al del promotor, o se haga de forma presencial. Si lo presenta el propio promotor, basta con aportar la información que la Sede Electrónica va requiriendo).
  2. LA DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA.
  3. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA, que pueda facilitar el control posterior de la actuación.


FECHAS / PLAZOS:

El título habilitante para el cambio de uso y para la utilización de la vivienda como vivienda de uso turístico se obtiene inmediatamente con la correcta presentación en el Registro de Entrada (electrónico o presencial).

Debe tenerse en cuenta que para iniciar la actividad en sí, además debe presentarse ante la Consejería competente en materia de turismo de la Junta de Andalucía, una "declaración responsable para inicio o ejercicio de la actividad".

La Administración puede realizar en cualquier momento las actuaciones de comprobación, inspección y control que sean necesarias para verificar el cumplimiento de los requisitos normativos a los que estuviese sometida la actuación. La inactividad de la Administración no implicará la subsanación de los defectos o irregularidades que presente la actuación objeto de declaración


PRECIOS / IMPORTE:

Se aplicarán las tasas correspondientes, según la ordenanza fiscal vigente en el momento de la presentación.

El título de la Ordenanza Fiscal que regula esta tasa es: (2.02) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS (ocupación y utilización). Puede acceder aquí a las ordenanzas fiscales


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